Donación de inmueble a su hijo con hipoteca ¿Qué ocurre en estos casos?

Al plantearse la donación de un inmueble a su hijo, es crucial evaluar todas las implicaciones fiscales y legales para evitar futuras complicaciones.

Donación sin más. Si dona el inmueble sin que su hijo asuma la hipoteca pendiente, este deberá liquidar el Impuesto sobre Donaciones (ISD). Recuerde:

  • Valor de referencia: Deberá valorar el inmueble por su valor de referencia, disponible en la sede electrónica del catastro inmobiliario.
  • Valor de mercado: Si no tiene valor de referencia, se tomará el valor de mercado.
  • Normas autonómicas: El impuesto se liquida según las normas de la comunidad autónoma en la que esté situado el inmueble.
  • Bonificaciones: Algunas comunidades aplican bonificaciones, reduciendo el coste del ISD.

Con asunción de hipoteca. Si su hijo se hace cargo de la hipoteca, tenga presente:

  • Transmisión onerosa: Se considera una transmisión onerosa por la parte de la hipoteca asumida, tributando por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).
  • Donación: La diferencia entre el valor de referencia y la hipoteca asumida constituirá una donación, sujeta a tributación por ISD.

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