¿Tienes una cuenta bancaria compartida con un familiar? Hacienda puede fijarse en más cosas de las que imaginas.

Es muy habitual que padres, hijos o familiares compartan una cuenta bancaria para facilitar pagos, recibos o gestiones cotidianas. Sin embargo, una práctica tan común puede generar dudas cuando entra en juego la fiscalidad, especialmente en materia de donaciones y herencias.

La Dirección General de Tributos, en su consulta V0353-26, recuerda que el simple hecho de incorporar a una persona como cotitular de una cuenta no implica automáticamente que exista una donación ni que esa persona pase a ser propietaria del dinero depositado en ella. Una cosa es tener capacidad para operar con la cuenta y otra muy distinta ser el titular real de los fondos.

De hecho, tanto la doctrina administrativa como la jurisprudencia han insistido en que lo verdaderamente relevante es determinar quién aportó el dinero. La cotitularidad responde, en muchos casos, a una cuestión práctica y operativa frente al banco, pero no supone necesariamente una transmisión patrimonial entre familiares.

Ahora bien, esto no significa que la Administración no pueda analizar determinadas situaciones. Retiradas de dinero para fines personales, transferencias a cuentas propias o cualquier movimiento que evidencie un enriquecimiento efectivo del cotitular podrían ser interpretados como una donación encubierta y dar lugar a una comprobación tributaria.

La situación suele volverse especialmente delicada cuando fallece uno de los titulares. En esos casos, figurar como cotitular no otorga automáticamente la propiedad del saldo existente. La parte del dinero que pertenecía realmente al fallecido deberá integrarse en la herencia y repartirse conforme a las normas sucesorias correspondientes.

Por ello, en este tipo de cuentas la clave suele estar en la prueba. Poder acreditar el origen de los fondos, conservar documentación y justificar determinados movimientos puede resultar fundamental para evitar conflictos familiares, problemas hereditarios o futuras regularizaciones por parte de Hacienda.


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